₡5800 / mes
En la última década, nos hemos acostumbrado a tener un plan para todo, tenemos planes para teléfono, internet, cable, etc. Los cuales normalmente son paquetes muy atractivos, ya que ofrecen un producto de alto valor a un precio más económico. La salud no se queda atrás, EVIT médicas ha diseñado para usted y sus seres queridos un plan médico extra hospitalario que los cubre en caso de algunas emergencias o urgencias sin tener que gastar de más.
Nuestra intención es crear conciencia entre la población de estar protegidos en todo momento los 24/7. Como bien lo sabemos, en una emergencia cada segundo cuenta, nuestros planes están diseñados para tratar de evitar a toda costa alguna tragedia o algún malestar. Los beneficios que ofrece el plan:
Emergencias: unidad de soporte avanzado con médico y paramédico a bordo, prácticamente es una sala de emergencias móvil, dentro de éstas se puede incluso llevar a cabo una cirugía menor.
Urgencias: médico a casa, video llamadas y consultas telefónicas.
Lo que nos diferencia: 24/7, en todo el territorio nacional, sin límites de uso, sin copago y cubren las primeras dosis de medicina. Sin límites de hijos (plan familiar).
El presente CONTRATO DE AFILIACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA MÉDICA se celebra entre: Winday Corporation, cédula jurídica 3-102-713907, domiciliada en provincia de Heredia,cantón Barva, distrito San Lucía, Residencial Jardines de Beneficio, casa 39-C; y el cliente.
PRIMERO: Objeto del contrato.
Winday Corporation, es sociedad dueña de la marca Evit, la cual brinda como objeto del presente contrato, al afiliado y a los beneficiarios, una plataforma de solicitud de servicios de asistencia médica domiciliaria, de atención de emergencia y traslados programados en ambulancia, a través de una red de proveedores capacitados y autorizados legalmente para la prestación del servicio, asegurando así los proveedores, un excelente servicio y proporcionando además las respectivas pólizas de responsabilidad civil y profesional por lo que son directamente responsables por su propia gestión de asistencia médica y traslados.
Este producto no es un seguro, no cubre eventos futuros e inciertos que no dependan de la voluntad del afiliado, o tratamientos médicos; tampoco está regulado por La Superintendencia General de Seguros ni se considera al afiliado de la asistencia como “Asegurado”. No obstante, al afiliado le asiste el derecho y protección que regula la ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor No. 7472 y sus reglamentos.
SEGUNDO: Definiciones.
Afiliado Titular: Persona física que adquiere un plan de “Servicios de Asistencia Médica” para su uso personal e individual o familiar.
Afiliado Nominal: Persona física que adquiere un plan de “Servicios de Asistencia Médica” para un tercero, que para efectos del comercializador será la “Cédula de cobro”.
Beneficiario: Persona física a quien el afiliado nominal designo para el uso del plan de “Servicios de Asistencia Médica”. O los familiares del núcleo principal (cónyuge e hijos), asignados por el afiliado titular.
Cliente: Afiliado titular o beneficiario del plan de “Servicios de Asistencia Médica”.
Operador del Servicio: Empresa responsable de contratar proveedores para brindar los bienes y servicios ofrecidos en los planes de asistencia médica, así como coordinar y atender las solicitudes de los afiliados titulares, afiliados nominales y los beneficiarios.
Reactivación del Plan: Supuesto mediante el cual, una vez vencido el primer año de servicios, el afiliado titular o los beneficiarios, pueden utilizar los servicios, después de realizado el nuevo pago mediante el cual opera la renovación del plan. Para los efectos del comercializador es la renovación de la vigencia.
Red de Proveedores: Personas físicas o jurídicas con las cuales el operador del servicio negocia o conviene la prestación de los bienes y servicios médicos y los servicios de ambulancia o afines, a beneficio de los afiliados titulares y / o beneficiarios de los planes.
Vigencias: Período formal en que rigen los derechos y obligaciones en las condiciones del contrato, a partir de su firma y del cumplimiento del período de formalización.
TERCERO: De las diversas modalidades de los planes (Individuales y Familiares).
El comprador de un “Plan de Asistencia Médica” puede hacerlo para uso propio, para uso propio y de familiares o para un tercero. Cuando la adquisición es para un solo beneficiario o para uso personal, el plan será identificado como Plan Individual, mientras que, si es para dos o más personas, entonces será identificado como Plan Familiar.
El Plan Individual cubre exclusivamente al afiliado titular o a un único beneficiario indicado por el afiliado nominal.
El Plan Familiar cubre al núcleo familiar principal, siendo el titular, el cónyuge e hijos, sin límite de edad.
Bajo ninguna circunstancia, el afiliado nominal o beneficiarios podrán ser sustituidos en casos de fallecimiento de alguno de los miembros del grupo, para hacer uso del plan. Ante la eventualidad del fallecimiento del Afiliado Titular o Afiliado Nominal, los beneficiarios podrán continuar utilizando los servicios hasta que finalice el mes que se canceló. Si en este caso los beneficiarios desean continuar utilizando los servicios del plan deberán de suscribir un nuevo contrato de Afiliación a su nombre.
CUARTO: Plan de Asistencia Médica y los servicios comprendidos:
El “Plan de Asistencia Médica” corresponde a un servicio mediante el cual se realiza un pago mensual que otorga el derecho de solicitar los servicios comprendidos en él, sin existir un límite a la cantidad de eventos o solicitudes de servicios. El afiliado o beneficiario tendrá el deber de cancelar el monto establecido en el presente contrato por cada solicitud realizada/evento atendido. El “Plan de Asistencia Médica” ofrece los servicios descritos a continuación:
a) Visitas Médicas, las mismas se atenderán a domicilio en un plazo máximo de dos horas, en cualquier punto del país, localizándose al médico general más cercano al llamado del área de domicilio, según sea la necesidad de EL CLIENTE, donde el médico llegará, atenderá, otorgará la primera dosis de medicinas gratuita, y recomendará los centros farmacéuticos donde EL CLIENTE podrá obtener descuentos, y hasta se le podrá extender una incapacidad según sea el caso, además se le dará un seguimiento a su condición de salud vía, teléfono, WhatsApp, o correo electrónico.
b) Emergencias por medio de una Ambulancia de Soporte Avanzado en cualquier punto del Gran Área Metropolitana con una respuesta en un tiempo promedio de 15 minutos, las ambulancias están equipadas con componentes de soporte avanzado, un paramédico y un médico a bordo, con el fin de atender en el sitio hasta una cirugía menor. Se atenderá en cualquier lugar que sea la emergencia, casa de habitación, en carretera, centros de estudios o trabajo.
c) Traslados, los mismos son realizados a través de una ambulancia de soporte básico y debidamente coordinado, ya que los mismos se darán a efectos de cubrir traslados para una cita programada a algún centro médico, para alguna intervención quirúrgica o internamiento y su posterior traslado a su casa, en cualquier punto del país. En este servicio el afiliado disfrutará de un descuento especial en la tarifa por kilómetro.
QUINTO: Precio y Forma de pago.
Los precios de los planes con son: ¢4.520,00 (cuatro mil quinientos veinte, iva incluído) mensuales por el plan individual y ¢9.040,00 (nueve mil cuarenta colones exactos, iva incluído) mensuales por el plan familiar.
El precio de cada evento (visita médica, servicio de traslado o servicio de emergencia) y cliente atendido, es de ¢5.000,00 (cinco mil colones exactos), más el impuesto establecido por la legislación de Costa Rica. La forma de pago de cada evento atendido se realizará en el momento de la solicitud del servicio mediante deducción automática de tarjeta de crédito o débito, pago en efectivo en el lugar de la atención del servicio o transferencia bancaria a la cuenta autorizada por el operador.
Tanto los precios de los planes, como el monto a cancelar por cada evento, están sujetos a cambios periódicos por el costo de la vida, con previa comunicación formal. Para los planes anualizados, tanto individual como familiar, en caso de que el afiliado decida cancelarlo anticipadamente, no se aplicará devolución de cuotas.
SEXTO: Vigencia del contrato.
La vigencia del presente contrato es anual y rige a partir de la adquisición del plan elegido y hasta 12 meses consecutivos. La renovación es automática para todos los planes. La vigencia rige en iguales condiciones para todos los miembros del plan, es decir, inicia y finaliza la misma fecha del afiliado nominal o titular, sin importar el momento en que haya sido incluido algunos de los beneficiarios.
SETIMO: Reglas de Uso “Plan de Asistencia Médica”
Las reglas generales de uso que rigen y regulan el acceso a los servicios contemplados en cada uno de los planes son los siguientes:
a) El uso de los servicios brindados en el plan seleccionado por el afiliado, son exclusivos para el afiliado titular y los beneficiarios.
b) Es completamente prohibido realizar la cesión del presente contrato.
c) El pago del plan debe realizarse mensualmente, la omisión del pago inhabilita automáticamente los beneficios otorgados.
d) EL CLIENTE que requiera los servicios brindados en el “Plan de Asistencia Médica” seleccionado, podrá hacerlo mediante el procedimiento contemplado en la cláusula décima del presente contrato, donde se establecen las instrucciones para la solicitud y uso del servicio.
e) El periodo de carencia de los planes es de 8 días hábiles, siempre y cuando haya ingresado la primera cuota y este al día.
f) Cuando el afiliado titular o nominal presente una o más cuotas de atraso, no podrá hacer uso de los planes, hasta que ponga al día los pagos, después de poner al día los pagos deberán transcurrir 48 horas para utilizar el plan.
g) En el caso anterior, el periodo de gracia es 90 días para ponerse al día con los pagos, pero durante este lapso no tendrá acceso a los servicios, pues el estatus en el sistema aparecerá como “inactivo”. Si después de los 90 días no se paga las cuotas atrasadas, el sistema automáticamente lo pasará a un estado de “Excluido por mora”.
h) Como requisito indispensable, tanto el afiliado titular, afiliado nominal como los beneficiarios, deben brindar toda la información completa requerida en el contrato de afiliación, a fin de evitar atrasos a la hora de solicitar el servicio de coordinación de asistencias médicas.
i) En caso de menores de edad, incluidos dentro del plan, podrán hacer uso de los servicios acompañados de un adulto y presentar su identificación (cédula de menor de edad u otra identificación), como requisito indispensable.
j) La asistencia Médica Domiciliaria, se entiende como la Atención Médica en el hogar de EL CLIENTE o donde se encuentre éste, por alteraciones de la salud que no son de gravedad, pero requieren atención médica.
k) El Servicio de ambulancias y/o Atención de Emergencias, corresponde a la atención del CLIENTE en el sitio, solucionando el problema siempre que sea posible, o
estabilizarlo y trasladarlo, siempre en casos de emergencias médicas o enfermedades que sean consecuencia de una asistencia médica domiciliaria, solicitada por el médico que está practicando la atención cuyas características requieran el empleo de ambulancias. EL PROVEEDOR podrá prestar el servicio de ambulancias de Forma Directa, es decir usando su propia estructura operativa o de Forma Indirecta, es decir contratando compañías de ambulancias que operen en las áreas de cobertura definidas en el Anexo “A”, y siendo EL PROVEEDOR absoluto responsable frente al CLIENTE por la efectiva prestación del servicio y por cualquier incumplimiento o daño causado por la prestación del servicio.
l) Una vez que el Médico o Ambulancia se encuentre en el lugar solicitado por EL CLIENTE, y el afiliado titular o beneficiario que requiere el servicio no se encuentra, el tiempo máximo de espera por parte del médico o ambulancia es de 15 minutos.
m) La Zona de Cobertura es la ubicación geográfica en las ciudades, donde EL PROVEEDOR prestará los servicios objeto del presente contrato y en donde exista libre acceso a las unidades móviles de asistencia. En el Anexo “A” del presente contrato se definen los sectores en las cuales se prestará el servicio y el tipo de servicio que se prestará en cada uno de ellas.
n) Quedan excluidos del alcance de este contrato los siguientes tratamientos en el domicilio: colocación de sueros, administración de antibióticos, cuidados del paciente postrado, cambio de catéteres de cualquier tipo, así como los tratamientos médicos crónicos de diálisis, quimioterapias, radioterapias, rehabilitación y cualquier otro tratamiento crónico, salvo aquellos derivados en forma inmediata por la atención de emergencia.
o) Cuando a juicio razonable del conductor de la Unidad, el acceso al lugar de la atención sea contraproducente o peligroso para la integridad de la Unidad y/o de sus ocupantes, se acordará con EL CLIENTE un punto de encuentro para poder atenderlo.
p) Si el médico que brinda la atención médica domiciliaria determina la necesidad de envío de una unidad de emergencia porque a su juicio, EL CLIENTE requiere internamiento, es de exclusiva cuenta y responsabilidad de EL CLIENTE que requiera el servicio, que el Centro de Asistencia Médica señalado acepte su ingreso. En caso de no ser aceptado, EL PROVEEDOR lo comunicará al EL CLIENTE, quien decidirá el centro de asistencia médica, clínica u hospital más conveniente, sin que ello acarree responsabilidad alguna para el médico que esté prestando el servicio, paramédico o para EL PROVEEDOR. Igualmente, en aquellos casos en que EL CLIENTE o su familiar no indique o no estén en las condiciones de tomar una decisión de cuál es el Centro de Asistencia Médica, EL PROVEEDOR tomará la decisión; donde la prioridad serán las clínicas y/o los Hospitales de la Caja Costarricense de Seguro Social ubicados en la zona próxima o a distancia razonable del lugar de la atención y se utilizarán salvo que a juicio de los profesionales actuantes por parte de EL
PROVEEDOR la vida del paciente corra riesgo en cuyo caso se derivará al centro asistencial más próximo al lugar de la atención, sin que ello acarree responsabilidad alguna para el médico, paramédico o para EL PROVEEDOR.
q) EL PROVEEDOR no será responsable y, por lo tanto, no le será exigible el pago de indemnización de ninguna índole, por daños que puedan sobrevenir a EL CLIENTE o a
pariente o cualquier persona acompañante, durante la atención o traslado en las Unidades
Móviles de Asistencia en caso que dichos daños provengan de caso fortuito o de fuerza mayor.
r) EL PROVEEDOR declara expresamente que tiene suscrita, y mantendrá vigente durante este contrato, una Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil y Mala Praxis para cualquier accidente que pudiese ocurrir en ocasión de la atención de los pacientes y durante el eventual traslado del paciente al Centro Hospitalario que lo ampara por lesiones, muerte o incapacidad permanente del EL CLIENTE y sus herederos, que aceptan el monto de la cobertura de dicha póliza como indemnización máxima a cualquier posible reclamo.
OCTAVO: Obligaciones del Proveedor.
EL PROVEEDOR se compromete a ofrecer y garantizar la prestación de los servicios de asistencia médica domiciliaria, atención de emergencia y traslados que requieran, según los servicios, condiciones y vigencia del presente contrato. EL PROVEEDOR podrá prestar el servicio de Forma Directa, es decir usando su propia estructura operativa o de Forma Indirecta, contratando otras compañías, comprometiéndose a mantener el estándar de calidad en la prestación del servicio conforme a lo previsto en este contrato y siendo EL PROVEEDOR absoluto responsable frente a EL CLIENTE por la efectiva prestación del servicio y por cualquier incumplimiento o daño causado por la prestataria del servicio. Los servicios de EL PROVEEDOR y de su red de servidores deberá en todo momento prestarse de conformidad con las estipulaciones del presente contrato, brindando en todo momento un servicio óptimo, cortés, respetuoso y responsable a EL CLIENTE que sea atendido.
NOVENO: Forma de Gestionar el Servicio.
Para hacer uso del plan el afiliado titular o beneficiario debe proceder según los pasos descritos a continuación: 1) Deberá comunicarse directamente al Call Center de EVIT al número de teléfono 2528-7551. 2) En el caso del afiliado titular (cliente que pagó el plan de asistencia médica para sí mismo), deberá identificarse con su número de cédula de identidad o cédula de residencia y número de contrato. Si es un beneficiario (cliente a quien el afiliado nominal le incluyó o le obsequió el plan de asistencia médica o un familiar incluido dentro del Plan Familiar), deberá identificarse con el número de cédula de identidad o cédula de residencia, número del contrato y el nombre completo o número de cédula del afiliado nominal o titular. 3) Indicar el servicio requerido y el lugar exacto donde se debe atender la solicitud. 4) Una vez verificados los datos y procedencia del servicio, se procederá a la atención del mismo. 5) En el caso de traslados o atenciones de emergencias, EL CLIENTE, o la persona que lo acompaña, deberán firmar la historia clínica prehospitalaria, confeccionada por el
personal de EL PROVEEDOR que atiende el servicio. 6) EL PROVEEDOR emitirá un reporte de los servicios realizados al término de cada mes. El listado contendrá la siguiente información de cada servicio: Nombre y apellido del paciente, Cédula de identidad del paciente, Fecha en la que se realizó el servicio, Origen y destino (si los hubiere) y el diagnóstico.
DÉCIMO: Exclusión e Inclusión de beneficiarios del plan.
El afiliado nominal o el afiliado titular de un plan familiar que desee solicitar la exclusión y/o inclusión de algún beneficiario, deberá realizar la solicitud vía telefónica al número 4031-2199, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., con 30 días naturales de antelación, a excepción que la exclusión sea por muerte. Bajo ninguna circunstancia se tramitarán solicitudes de cambio o sustitución del afiliado titular o del afiliado nominal, para tal fin se presentará la renuncia del plan y se tomará un nuevo plan.
En caso que el Afiliado Nominal (cédula Cobro) o el Afiliado Titular de un Plan Familiar no continuare con el pago del plan y el beneficiario desea hacerse cargo del mismo, deberá aceptar un nuevo plan.
UNDÉCIMO: Cancelación del plan.
La cancelación del plan podrá solicitarla únicamente el afiliado titular, afiliado nominal o alguno de los beneficiarios si el titular ha fallecido, independientemente del tipo del plan que se trate. La solicitud de cancelación debe realizarse por escrito o vía telefónica, al número 4031-2199, de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm.
DUODECIMO: Aceptación de las reglas y condiciones para la operativa del plan de asistencia médica.
El afiliado titular, afiliado nominal y / o sus beneficiarios podrán hacer uso de los beneficios del plan de asistencia médica que hayan adquirido, según las condiciones detalladas en este documento, las cuales son aceptadas al momento de la compra del plan.
DÉCIMOTERCERO: Políticas de Privacidad y Tratamiento de Datos Personales.
Winday Coorporation S.R.L, sociedad dueña de la marca Evit en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley de Protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales de Costa Rica número 8968 y su reglamento, hace de conocimiento del afiliado y sus beneficiarios que los datos recopilados mediante la prestación del servicio objeto del presente contrato, serán de uso exclusivo de nuestra sociedad y tratados según las estipulaciones de la normativa vigente. Y el cliente mediante la aceptación en el Formulario de Recopilación de información, manifiesta su conocimiento y aprobación de la política de privacidad. De acuerdo a las características del Plan de Asistencia Médica, la negativa a brindar los datos solicitados conlleva la imposibilidad de prestar el servicio ofrecido.
DÉCIMO CUARTO: Conciliación y Arbitraje.
En caso de controversia entre las partes dentro del marco de lo establecido en el presente contrato, en su ejecución, liquidación o interpretación, se someterá en primera instancia a conciliación en un plazo de diez días hábiles. En caso de no llegar a ningún acuerdo conciliatorio, se llevará a la vía arbitral para resolver, de conformidad con el Reglamento de Arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica. El tribunal deberá estar compuesto por tres árbitros y uno de ellos debe ser abogado y estar incorporado al Colegio de Abogados de Costa Rica. El Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica, será la institución encargada de administrar el proceso arbitral.
DÉCIMO QUINTO: Jurisdicción. Según leyes costarricenses.
DÉCIMO SEXTO: Cesión del contrato. El presente plan no es objeto de cesión a terceras personas.
ANEXO PARA LAS ASISTENCIAS
DE VISITAS MEDICAS, EMERGENCIAS Y TRASLADOS
Zonas de Cobertura
Sector 1: Desde playas aledañas al Coco, hasta Cañas y de Cañas a Upala, llegando a la frontera con Nicaragua.
Sector 2: Playas Ocotal, Coco, Panamá, Hermosa, Matapalo.
Sector 3: Santa Cruz, Nicoya y playas Potrero, Brasilito, Conchal, Flamingo, Tamarindo, Junquillal y Avellanas.
Sector 4. Cóbano, Malpaís, Santa Teresa, Paquera.
Sector 5: Monteverde y parte de Miramar.
Sector 6: Desde Puntarenas, Puerto Caldera hasta Playa Herradura.
Sector 7: Parrita, Quepos, Jacó hasta Dominical.
Sector 8: Desde Pérez Zeledón hasta Playa Dominical.
Sector 9: La zona Sur de Costa Rica desde Paso Canoas hasta Buenos Aires y San Vito.
Sector 10: Puerto Viejo de Talamanca, Hone Creek, Manzanillo, Sixaola.
Sector 11: Parismina, Limón hasta Matina.
Sector 12: Guápiles a Siquirres.
Sector 13: Sarapiquí.
Sector 14: Fortuna a Ciudad Quesada.
Sector 15: Desde Los Chiles hasta Santa Rosa de Pocosol.
Sector 16. Grecia, Sarchí, Atenas, Orotina.
Sector 17: Gran Área Metropolitana. Desde Paraíso a San Ramón.
Sector 18: Área Metropolitana: Desde Cartago al Este, zona limitada por Quircot, San Rafael de Oreamuno, Dulce Nombre, Aguas Calientes, Tejar del Guarco, Lima y Taras. Oeste, hasta Ciudad Colón. Sur, Cinco Esquinas de Aserrí, Norte Heredia Centro, San Joaquín de Flores, Santo Domingo de Heredia, Barva, Santa Bárbara y San Miguel en ruta a Guápiles, Alajuela Centro, Río Segundo, El Coyol.
Servicios disponibles según la Zona de Cobertur.
Médicos a domicilio y traslados: Todos los sectores.
Emergencias: Sector 17 y 18.
Paso a Paso
¿Cómo funciona?
¿Has preguntado alguna vez, que hacer en caso de una emergencia de cualquier índole? Si la respuesta es:
Es mejor tener seguro y no usarlo, a no tener uno y ocuparlo.
Ingrese los datos solicitados para que el proceso sea ejecutado.
Cada asistencia cuenta con un tiempo de carencia. Luego de la compra aparecerá un temporizador
con el tiempo faltante para la activación del servicio adquirido.
Al completar el tiempo de carencia, recibirá un correo de bienvenido con las condiciones de uso
indicándole que ya se puede disfrutar del servicio cuando se necesita.
¡Conversemos en WhatsApp!
¿Tienes alguna pregunta o comentario?
No dudes en contactarnos a través de WhatsApp para obtener una respuesta rápida y personalizada
SOBRE EVIT ASISTENCIAS
¿Qué beneficios tiene adquirir este producto o servicio?
En la ultima década nos hemos acostumbrado a tener un plan para todo, tenemos planes para teléfono, internet, cable, etc. Los cuales normalmente son paquetes muy atractivos ya que ofrecen un producto de alto valor a un precio más económico. La salud no se queda atrás, EVIT médicas ha diseñado para usted y sus seres queridos un plan médico extra hospitalario que los cubre en caso de algunas emergencias o urgencias sin tener que gastar de más. Nuestra intención es crear conciencia entre la población de estar protegidos en todo momento los 24/7. Como bien lo sabemos que en una emergencia cada segundo cuenta, nuestros planes están diseñados para tratar de EVITar a toda costa alguna tragedia o algún malestar. Los beneficios que ofrece el plan:
¿Cómo funciona?
A través de nuestras plataformas Web y App EVIT , nuestros afiliados pueden solicitar el plan médico personal o familiar. Una vez adquirido el servicio y cumplido el tiempo de carencia (8 días hábiles) , Los usuarios pueden hacer uso de los servicios llamando a la central o bien usando el botón de pánico dentro del App. También el usuario puede realizar consultas telefónicas o video llamadas y salir de dudas médicas en caso que las tenga.
Recuerde que existe todo un proceso de valoración de la situación de salud de la persona, brindándose la orientación médica, telefónica, visita de un médico a domicilio y de ser requerido, el envío de una unidad de soporte vital avanzado.
¿Cuánto dinero cuesta la adquisición de este producto?
EVIT médicas ofrece dos tipos de planes personales al público en general también como paquetes corporativos:
¿Cuántas veces puedo usar los servicios?
El servicio es sin límites de uso. El usuario pueda hacer uso de los servicios las 24 horas del día y en todo el territorio nacional.
¿Cuántas personas puedo cubrir con la asistencia Evit médicas?
EVIT médicas es un plan de asistencias personal o familiar: médicos generales a domicilio, así como la atención de urgencias y emergencias médicas con ambulancias de soporte vital avanzado. El plan personal cubre una sola persona y el plan familiar a los padres y todos los hijos sin límites aún si estos últimos no vivieran el mismo domicilio, en otros términos al grupo familiar primario.(primer grado de consanguinidad)
¿Cuál es el tiempo de arribo de las unidades de soporte avanzado?
A través de una red de proveedores en todo el país, este servicio tiene un promedio de llegada de 30 minutos o menos según la zona. Su recorrido es debidamente monitoreado en tiempo real para garantizar la calidad del servicio.
¿Cuál es la diferencia entre urgencia y emergencia?
Las emergencias son aquellas situaciones de salud en las cuales está comprometida la vida del paciente o existe un riesgo inminente de generarse una secuela grave. Las emergencias deben ser atendidas de manera inmediata.
Las urgencias son aquellas situaciones de salud en las cuales la vida del paciente no se encuentra comprometida, pero se requiere una atención oportuna con el fin de EVITar secuelas.
¿Por qué necesito una asistencia de médico a domicilio si ya tengo un seguro privado o bien si ya cotizo a la CCSS?
Como bien lo sabemos los seguros médicos son muy importantes en caso de emergencias, enfermedades crónicas, operaciones, etc. al igual que el seguro de la CCSS, sobre todo para casos que requieran la revisión de un especialista, operaciones, internamiento, emergencias de cuidados especiales, etc. Sin embargo, para casos menores es mejor contar con un servicio de asistencia médica a domicilio ya que es muy efectiva en cuestión de tiempo, costo y del día a día. Y como sabemos por lo acontecido con la pandemia los servicios de la CCSS se han visto colapsados, por lo que esta asistencia es idónea para su adquisición.
Así que si ya cuenta con cualquier seguro no es un malgasto tener una asistencia, más bien es el perfecto complemento para los servicios que le ofrecen las aseguradoras o la CCSS.
¿Qué tipo de paquetes se ofrecen?
Existen dos paquetes de cobertura: el Plan Individual, ideal para personas que viven solas, o el Plan Familiar, cubriendo ya sea a la pareja (cónyuges) o al grupo familiar completo o primario compuesto por los cónyuges y sus hijos; en este, se establece un titular del plan (puede ser el padre o la madre en el caso que tengan hijos) y las demás personas adicionales al titular se inscriben como beneficiarios dentro del plan familiar, esto sin un costo adicional.
El Plan Individual cubre exclusivamente al afiliado titular o a un único beneficiario indicado por el afiliado nominal.
El Plan Familiar cubre al núcleo familiar principal, siendo el titular, el cónyuge e hijos, estos últimos sin límite de edad.
¿Qué es el grupo familiar primario?
Es el compuesto por los cónyuges y sus hijos en caso de que tuviesen, sin límite de cantidad de hijos.
¿Con el plan familiar puedo cubre nietos, sobrinos o abuelos?
El plan familiar cubre ya sea a la pareja (cónyuges) o al grupo familiar completo o primario compuesto por los cónyuges y sus hijos. En el caso de otras personas que no pertenecen al grupo familiar primario, deben de adquirirse planes aparte y diferenciados.
¿Cuáles son los servicios de EVIT médicas?
Con el plan de EVIT médicas, usted adquiere orientación médica telefónica, visita de médico general a domicilio, video llamadas con el médico y ambulancias de soporte avanzado con médico y paramédico a bordo. El usuario goza del servicio en cualquier parte del país, 24/7 y sin limites de uso.
¿Cuál es el área de cobertura de los servicios?
Todos los servicios funcionan 24/7 en todo el territorio nacional, a través de una red compuesta por más de 120 médicos debidamente certificados y más de 30 ambulancias de soporte avanzado.
¿A cuál centro hospitalario llevan a los pacientes en caso de requerirse durante una emergencia?
Al centro de salud más cercano y adecuado para la situación de emergencia. O bien al hospital de preferencia del cliente. Siempre con un tracking en tiempo real y con la coordinación con los centros hospitalarios desde oficinas centrales.
¿Cuáles son los tiempos de respuesta?
Médico a domicilio: El tiempo de llegada es de 2 horas o menos en todo el territorio nacional.
Soporte avanzado: El tiempo de llegada es de 30 minutos en todo el territorio nacional.
¿Siempre me llegará una unidad de soporte avanzado?
Existe todo un proceso de valoración de la situación de salud para cada persona. Nuestro personal de atención telefónica valoran la situación contando con un sistema de protocolo (triage médico). Este protocolo cuenta con una serie de preguntas, en caso de activarse alguna de las respuestas que implique un compromiso de la vida de la persona, se hace inmediato el envío de una ambulancia de soporte avanzado, con lo que se garantiza que la decisión no quede adrede y sea totalmente objetiva. En caso que el evento no sea una emergencia se procede a enviar el médico a domicilio.
¿Quién acompaña a los médicos en las ambulancias de soporte avanzado?
Son paramédicos emergenciólogos, con conocimientos en primeros auxilios y manejo de camillas. Tienen estudios técnicos como auxiliares de enfermería y experiencia en conducción de vehículos.
¿Quiénes atiende la ambulancia de soporte avanzado?
Nuestras unidades de soporte avanzado son atendidas por un Paramédico y un médico ya que los equipos que poseen las mismas requieren de la manipulación de un médico especializado.
¿Quién puede adquirir los servicios de EVIT médicas?
Para adquirir “Plan de Asistencia Médica”, el interesado y futuro afiliado titular debe ser mayor de edad, menor de 80 años, aceptar las condiciones del contrato de afiliación, y realizar el pago correspondiente de su primera cuota vía autorización de deducción automática.
El comprador de un “Plan de Asistencia Médica” puede hacerlo para uso propio, de familiares o para un tercero. Cuando la adquisición es para un solo beneficiario o para uso personal, el plan será identificado como Plan Individual, mientras que, si es para dos o más personas, entonces será identificado como Plan Familiar.
¿A partir de qué momento puedo utilizar los servicios?
Una vez adquirido el servicio de EVIT médicas, existe un período de carencia (lapso mientras se hace la compra y se activa el servicio), de 8 días hábiles. El usuario puede monitorear el tiempo a través de un temporizador de cuenta regresiva que le indica el tiempo faltante para poder hacer uso del servicio. Una vez completado el tiempo de carencia se activa el servicio y el usuario recibirá una notificación de bienvenida para informarle.
¿Cómo hago uso del servicio de visita médica general a domicilio?
El usuario puede hacerlo vía telefónica llamando a la central o bien con solo apretar el botón de pánico dentro del App. Luego de la tele-valoración, de ser el resultado una situación para enviar el doctor, nuestro personal contactará al profesional de nuestra Red de Médicos más cercano a su ubicación para que se dirija a su casa en un máximo de 2 horas o menos.
¿Cuántas veces puedo usar el servicio de visita médica?
El servicio es sin límites de uso; 24/7 y en todo el territorio nacional.
¿Estando el doctor en mi casa, puede ver a otros miembros de la familia?
Para la atención de otra persona, primero es indispensable que la persona esté inscrita a algún plan, ya sea como titular o beneficiario; No se pueden atender por normativas de pólizas a personas que no estén afiliadas a un plan de cobertura de EVIT médicas.
© 2024 Evit Soluciones. Todos los derechos reservados
Protegido por Google reCaptcha – Ver términos