₡5100 / mes
Evit motos es el plan más completo que cada motorizado debe tener. No solo es un SOS en carretera, también el plan cuenta con servicio médico a domicilio, video llamadas con el doctor, consultas telefónicas y ambulancias sin límites de uso. Por si esto fuera poco, este ofrece también servicios posteriores a alguna emergencia u hospitalización: fisioterapia, rehabilitación, masajes, rayos X, Ultrasonidos, asistencia nutricional, orientación legal y más. Brindamos cobertura en todo el país 24/7.
Contamos con una Red amplia de proveedores para garantizar un servicio de alta calidad y cortar los tiempos de llegadas. Con el gran crecimiento de motorizados en los últimos años, nos vimos obligados a diseñar un plan que cubre más allá de una salvada en carretera, también que cubre todas las necesidades de una emergencia y que sea alcanzable para todo el público.
Nuestro plan está diseñado en el volumen y por ende su bajo costo no afectaría la calidad de los servicios.
Acuérdese que nuestras asistencias están diseñadas para facilitar la vida a los usuarios, así que una pequeña cuota al mes y estarás siempre acompañado en todos tus viajes.
El presente CONTRATO DE AFILIACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA PARA MOTOCICLISTAS se celebra entre: Winday Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-713907, en adelante EVIT, domiciliada en provincia de Heredia, cantón Barva, distrito San Lucía, Residencial Jardines de Beneficio, casa 39-C; y el afiliado.
PRIMERO: Objeto del contrato.
Brindar a los afiliados servicios de asistencia para motociclistas según la descripción de servicios, coberturas y exclusiones que se detallan más adelante, dicho servicio se realizará mediante solicitud telefónica al centro de atención telefónica dispuesto para atención de las emergencias u otros servicios en la forma como se indica en el presente contrato.
SEGUNDO: Definiciones.
Siempre que se utilicen letras mayúsculas en las presentes condiciones generales, los términos definidos a continuación tendrán el significado que aquí se les atribuye:
A) ACCIDENTE: Todo acontecimiento que provoque daños materiales y/o corporales a un AFILIADO, causado única y directamente por una causa externa, violenta, imprevista, fortuita y evidente (excluyendo cualquier enfermedad), durante la vigencia del contrato de asistencia al cual accede este anexo.
B) AFILIADO: Persona natural afiliada a EVIT que haya contratado el programa de “ASISTENCIA PARA MOTOCICLISTAS”.
C) DOMICILIO: Es el lugar de uso habitacional permanente y habitual del AFILIADO dentro del territorio nacional continental.
D) EMERGENCIA: Es todo hecho que se presente a consecuencia de acontecimientos debido a situaciones fortuitas, que no sean situaciones preexistentes, que no se deriven por falta de cuidado. Para ser considerada emergencia se deberá de reportar en el momento del incidente. La emergencia médica para efectos de prestación de servicios de asistencia médica se definirá como aquella situación médica en la cual peligre la vida o integridad física del afiliado.
E) EQUIPO MÉDICO: Es el personal médico y demás equipo asistencial subcontratado por puesto en contacto con el AFILIADO, apropiado para prestar servicios de asistencia.
F) FECHA DE INICIO: Fecha a partir de la cual los servicios de “ASISTENCIA PARA MOTOCICLISTAS” estén a disposición de los Afiliados, 72 (SETENTA Y DOS) horas hábiles después de la afiliación al programa “ASISTENCIA PARA MOTOCICLISTAS».
G) PROGRAMA DE ASISTENCIA: Es el conjunto de servicios de asistencia que el AFILIADO tiene a disposición de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones establecidas en el presente anexo.
H) PROGRAMA DE ASISTENCIA: Es el conjunto de servicios de asistencia que el AFILIADO tienen a disposición de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones establecidas en el presente contrato.
I) SERVICIOS: Es la asistencia que se le brinda al AFILIADO de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones establecidas en el presente contrato.
J) ALCANCE TERRITORIAL NACIONAL PARA TODOS LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA: Los servicios que a continuación se mencionan se prestarán única y exclusivamente en el en el territorio nacional continental y en el domicilio habitual permanente del AFILIADO siempre y cuando exista la infraestructura pública o privada para la prestación del servicio.
K) HORARIO COMERCIAL: Días hábiles, no feriados, de lunes a sábado de 8:00 am a 5:00 pm.
L) HORARIO DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS: Durante las 24 (VEINTICUATRO) horas.
TERCERO: DESCRIPCIÓN DE SERVICIOS, ALCANCES Y EXCLUCIONES
ASISTENCIA ASISTENCIA VIAL A PARTIR DEL KM «0» (Sin restricción de Antigüedad)
SERVICIO DE REMOLQUE POR AVERIA (COBERTURA HOGAR Y ESTACIONAMIENTO: En caso de que la MOTOCICLETA en la cual viaja el AFILIADO no pueda circular debido a un accidente de tránsito o avería súbita e imprevista y a solicitud del AFILIADO, EVIT coordinará con un prestador de servicios el remolque hasta el taller que el AFILIADO haya elegido. El presente servicio se prestará hasta el siguiente límite: 20 km (veinte) kilómetros limitados a 1 (un) evento por año, el desplazamiento en kilómetros como referencia de la base del proveedor definida por EVIT. Antes de enviar el servicio, en caso de haber un excedente al monto de la cobertura, se le comunicará al AFILIADO el valor de este para su autorización, el excedente será pagado en forma inmediata por el AFILIADO al proveedor del servicio con sus propios recursos. En todos los casos, el AFILIADO deberán acompañar la grúa durante el trayecto de traslado de la MOTOCICLETA hasta el taller de destino, exceptuando los casos en que él o los ocupantes tengan que ser trasladados a un centro Hospitalario o Clínica médica. El servicio de remolque no se prestará a aquellas motocicletas que hayan sido inmovilizadas por autoridad, ni traslados entre talleres mecánicos o de enderezado y pintura, ni de un taller a casa, ni motocicletas que no cuenten con inscripción en el registro público y placa metálica, ni motocicletas que no cuenten con la revisión técnica vehicular (RTV) al día. Este servicio no incluye la organización ni el pago de los servicios que sean requeridos con el propósito de sacar o retirar la motocicleta atascada o atorada en huecos, barrancos, lodo, etc., así como todos los eventos considerados como maniobra adicional para auxiliar el vehículo en el intento de cargarlo en el remolque (grúa). Dicha maniobra genera valor adicional deberá ser asumido por el AFILIADO en el momento del evento y pagado directamente al proveedor del servicio en el momento de ser ejecutada.
ASISTENCIA VIAL DE COORDINACIÓN DE ENVÍO DE COMBUSTIBLE: Por previa solicitud del AFILIADO, en caso de falta de combustible, se enviará un prestador de servicios con combustible para que la MOTOCICLETA pueda circular hasta una estación de suministro de combustible. Serán llevados hasta 2 (dos) galones del combustible, son de cortesía de forma que el AFILIADO no deba pagar por el líquido. El AFILIADO en todo momento deberá supervisar la prestación de los servicios de asistencia vial. El servicio no se prestará a aquellas motocicletas que hayan sido inmovilizadas por autoridad, ni traslados entre talleres mecánicos o de enderezado y pintura, ni de un taller a casa, ni motocicletas que no cuenten con inscripción en el registro público y placa metálica, ni motocicletas que no cuenten con la revisión técnica vehicular (RTV) al día.
ASISTENCIA VIAL DE CERRAJERÍA PARA APERTURA DEL MALETERO (POR PÉRDIDA O EXTRAVÍO DE LAS LLAVES): En caso de quedarse las llaves dentro del maletero en la motocicleta en la cual se traslada el AFILIADO o cuando estas se extravíen y no siendo posible ubicar las llaves de repuesto, EVIT por PREVIA solicitud del AFILIADO, enviará un prestador de servicio para que realice la apertura del maletero. No está incluida la confección o copia de llaves. El AFILIADO en todo momento deberá supervisar la prestación de los servicios de asistencia vial. El servicio no se prestará a aquellas motocicletas que hayan sido inmovilizadas por autoridad, ni traslados entre talleres mecánicos o de enderezado y pintura, ni de un taller a casa, ni motocicletas que no cuenten con inscripción en el registro público y placa metálica, ni motocicletas que no cuenten con la revisión técnica vehicular (RTV) al día.
ASISTENCIA VIAL DE PASO DE CORRIENTE: Por previa solicitud del AFILIADO en caso de necesidad de paso de corriente se enviará un prestador de servicios para realizar el paso de corriente. El AFILIADO en todo momento deberá supervisar la prestación de los servicios de asistencia vial. El servicio no se prestará a aquellas motocicletas que hayan sido inmovilizadas por autoridad, ni traslados entre talleres mecánicos o de enderezado y pintura, ni de un taller a casa, ni motocicletas que no cuenten con inscripción en el registro público y placa metálica, ni motocicletas que no cuenten con la revisión técnica vehicular (RTV) al día.
Los servicios mencionados anteriormente se prestarán con el siguiente límite: 3 (tres) eventos anuales, con un límite de $75 (setenta y cinco) dólares por evento.
INDICACIÓN O REFERENCIA DE TALLERES MECÁNICOS CERCANOS A LA UBICACIÓN DEL AFILIADO: Por solicitud del AFILIADO, EVIT proporcionará información general vía telefónica sobre talleres en el lugar de interés del solicitante. EVIT presta este servicio como información y no asumirá ninguna responsabilidad o costo sobre la reparación o su valor. El presente servicio se brinda límite de eventos al año en el uso de este servicio.
ASISTENCIA LEGAL
ORIENTACIÓN LEGAL EN MATERIA DE TRÁNSITO (CHOQUE, COLISIÓN Y/O ROBO): Por solicitud del AFILIADO y siempre que requiera alguna orientación legal telefónica para resolver inquietudes en materia de tránsito por motivo de choque y/o colisión, EVIT lo pondrá en contacto con un profesional en derecho con el fin de brindarle orientación telefónica. EVIT no es responsable
por cualquier determinación que tome el AFILIADO, siendo éste el único responsable por cualquier acción que decida adoptar. El presente servicio se prestará sin límite en el monto y sin límite de eventos por año.
ORIENTACIÓN LEGAL TELEFÓNICA EN MATERIA LABORAL: Por solicitud del AFILIADO y siempre que requiera alguna orientación legal telefónica para resolver inquietudes en materia laboral, EVIT lo pondrá en contacto con un profesional en derecho con el fin de brindarle orientación telefónica. EVIT no es responsable por cualquier determinación que tome el AFILIADO, siendo éste el único responsable por cualquier acción que decida adoptar. El presente servicio se prestará sin límite en el monto y sin límite de eventos por año.
ORIENTACIÓN LEGAL TELEFÓNICA EN MATERIA FAMILIAR: Por solicitud del AFILIADO y siempre que requiera alguna orientación legal telefónica para resolver inquietudes en materia familiar, EVIT lo pondrá en contacto con un profesional en derecho con el fin de brindarle orientación telefónica. EVIT no es responsable por cualquier determinación que tome el AFILIADO, siendo éste el único responsable por cualquier acción que decida adoptar. El presente servicio se prestará sin límite en el monto y sin límite de eventos por año
ASISTENCIA MEDICA
VISITA CON MÉDICO GENERAL AL CONSULTORIO Y/O DOMICILIO EN CASO DE NECESIDAD: La visita médica domiciliar se deberá coordinar 8 (ocho) horas antes de su atención, sujeto a la agenda del médico que brinde la visita médica domiciliar. Por solicitud del AFILIADO, derivado de una emergencia médica repentina y que no haya sido causada por una preexistencia, se enviará un médico general hasta el domicilio del AFILIADO para su revisión. Este servicio cubre el costo de la visita médica y el transporte. El presente servicio se prestará con las siguientes condiciones: Limitado a 3 (tres) visitas médicas sin límite en el costo de la visita.
EXCLUSIONES ESPECÍFICAS DEL SERVICIO MÉDICO A DOMICILIO Y/O CONSULTORIO: Están excluidas nuevas visitas “de seguimiento” por un mismo evento. Si por un mismo evento es necesaria una segunda visita o más, el costo será de responsabilidad del AFILIADO. Donde no exista infraestructura adecuada se coordinará dicha asistencia médica por medio de los servicios públicos de ambulancia. Siendo una atención de emergencia, no se enviará en ningún caso, médicos especialistas. El costo de los exámenes que deba realizarse el AFILIADO, así como los medicamentos y demás gastos que se deriven de la visita médica, serán cubiertos directamente por el AFILIADO, el servicio no opera bajo modalidad de reembolso. EVIT podrá optar entre coordinar la consulta médica a domicilio o en un consultorio de la red. En caso de que el AFILIADO visite al consultorio este deberá cubrir el costo del transporte. No aplica visita para lectura de epicrisis, expediente clínico, exámenes y/o procesos administrativos no ligados con una valoración médica por enfermedad o accidente. No aplica para chequeo médico general. No se presta el servicio de visita médica domiciliar para personas menores de 2 (dos) años.
TRASLADO MÉDICO TERRESTRE EN AMBULANCIA POR ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD: En caso de que el AFILIADO sufra una lesión súbita e imprevista como consecuencia de un ACCIDENTE y/o ENFERMEDAD GRAVE que requiera el traslado al centro hospitalario más cercano, por solicitud del AFILIADO, EVIT a través de un proveedor de servicios, realizará la coordinación efectiva para el traslado del AFILIADO. EVIT gestionará y cubrirá el pago del traslado en ambulancia terrestre hasta el centro hospitalario más cercano, siempre y cuando exista la infraestructura privada que lo permita. En caso de no existir ésta, se solicitará el traslado por medio de los canales regulares de solicitud de servicio de ambulancia de Cruz Roja de la localidad. Este servicio no tiene límite o restricción en el costo, pero sí un límite de 3 (tres) eventos por año.
ORIENTACIÓN TELEFÓNICA CON MÉDICO GENERAL: Por solicitud del AFILIADO, EVIT lo pondrá en contacto telefónico con un profesional de salud para que le brinde una orientación médica ante dudas que tenga en el área de la salud. La orientación busca minimizar riesgos a la salud siguiendo el protocolo de conducta médica, identificando las necesidades del AFILIADO entregando soluciones a dudas médicas cotidianas, no se trata de una consulta médica, de forma que no se diagnostican enfermedades o padecimientos, ni se prescriben medicamentos. El presente servicio se prestará sin límite en el monto y sin límite de eventos por año.
LOCALIZACIÓN DE MEJORES PRECIOS DE MEDICAMENTOS: Por previa solicitud del ASEGURADO, EVIT realizará la búsqueda del mejor precio de un medicamento en las farmacias cercanas a la localización del ASEGURADO y le transmitirá esta información. Este servicio es meramente informativo, se trata de una indicación y no hace referencia a la calidad del producto o de los puntos de venta, no está incluido ningún tipo de gastos referente a compras de medicamentos o tratamientos en que el ASEGURADO o beneficiario incurra al acudir a la farmacia. El presente servicio se prestará sin límite en el monto y sin límite de eventos por año.
COORDINACIÓN DE CITAS EN CENTROS MÉDICOS: ESPECIALISTAS, CLÍNICAS Y LABORATORIOS: Por solicitud del AFILIADO, EVIT proporcionará información general vía telefónica sobre MÉDICOS, ESPECIALISTAS, CLÍNICAS, LABORATORIOS Y HOSPITALES en el lugar de interés del solicitante. Si el AFILIADO lo solicita, EVIT coordinará una cita para su atención en aquellos centros médicos que realicen este tipo de reservación y siempre sujeto a disponibilidad de espacio. EVIT presta este servicio como información o mera referencia y no tendrá, ni asumirá ninguna responsabilidad o costo sobre los servicios médicos o la atención del centro médico. El presente servicio se prestará sin límite en eventos y sin límite en el costo.
LOCALIZACIÓN DE MEJORES PRECIOS DE MEDICAMENTOS. Por previa solicitud del AFILIADO, EVIT realizará la búsqueda del mejor precio de un medicamento en las farmacias cercanas a la localización del AFILIADO y le transmitirá esta información. Este servicio es meramente informativo, se trata de una indicación y no hace referencia a la calidad del producto o de los puntos de venta, no está incluido ningún tipo de gastos referente a compras de medicamentos, tratamientos ni trasporte en que el AFILIADO incurra al acudir a la farmacia indicada, mismos que serán de entera responsabilidad del AFILIADO. El presente servicio se prestará sin límite en eventos y sin límite en el costo.
COORDINACIÓN DE CITAS EN CENTROS MÉDICOS: ESPECIALISTAS, CLÍNICAS Y LABORATORIOS: Por solicitud del ASEGURADO, EVIT proporcionará información general vía telefónica sobre médicos incluyendo especialistas, nutricionistas clínicas, hospitales y laboratorios en el lugar de interés del solicitante. Si el ASEGURADO lo solicita, EVIT coordinará una cita para su atención en aquellos centros médicos que realicen este tipo de reservación y siempre, sujeto a disponibilidad de espacio. EVIT presta este servicio como información o mera referencia y no tendrá, ni asumirá ninguna responsabilidad o costo sobre los servicios médicos o la atención del centro médico. El presente servicio se prestará sin límite en el monto y sin límite de eventos por año.
ASISTENCIA EN CASO DE ACCIDENTE
Para la utilización de los siguientes servicios en caso de accidente de tránsito, se debe presentar la boleta emitida por el oficial de tránsito autorizado y la referencia médica que indique la necesidad de atención.
ASISTENCIA CON FISIOTERAPEUTA.
VISITA MÉDICA CON ESPECIALISTA EN FISIOTERAPIA AL DOMICILIO Y/O CONSULTORIO: Por solicitud del AFILIADO, derivado de una emergencia médica repentina y que no haya sido causada por una preexistencia, EVIT coordinara una cita con un fisioterapeuta en el consultorio con base a su disponibilidad o si la red lo permite también se puede ofrecer envió al domicilio, Este servicio se brindará para la realización de uno de los siguientes procedimientos: valoración del cliente por el accidente ( Dolor, Movilidad y/o zonas inflamadas), rehabilitación de capacidad motora de las zonas afectadas, masaje para reducción del dolor y/o inflamación, envío de ejercicios a realizar en la casa para mejorar la recuperación. La visita fisioterapeuta se deberá coordinar 8 (ocho) horas antes de su atención, sujeto a la agenda del médico que brinde la visita médica domiciliar. El presente servicio se prestará con las siguientes condiciones: Limitado a 6 (seis) visitas médicas y con un alcance del 80% del costo del evento, el porcentaje adicional lo deberá pagar el afiliado directamente al a proveedor.
EXAMENES MÉDICOS
ULTRASONIDOS Y RAYOS X: Por previa solicitud del AFILIADO derivado de una emergencia médica repentina y que no haya sido causada por una preexistencia, cuando que requiera uno de estos estudios médicos, EVIT le coordinará una cita para la atención. El presente servicio se prestará con las siguientes condiciones: El presente servicio se prestará con las siguientes condiciones: Con un límite de 3 (tres) eventos por año y bajo un alcance del 80% del costo del servicio, el porcentaje adicional lo deberá cancelar el AFILIADO directamente al proveedor.
Este servicio aplica para los siguientes estudios:
Rayos X: Aplica para todas las partes del cuerpo.
Ultrasonido: Hombro, Rodilla, Tobillo, Prostático, Tiroides, Vías Urinarias, Codo, Muñeca, Cuello, Abdomen General, Abdomen Superior, Abdomen Inferior, Protuberancias en tejidos, Testículos, Tejidos blandos y Mamas.
EXCLUSIONES ESPECIFICAS DE EXÁMENES MÉDICOS: El costo de los medicamentos y demás gastos que se deriven de la valoración, serán cubiertos directamente por el AFILIADO, el presente servicio se coordina por medio de la red de centros médicos de EVIT, la cual se agendará en base y disponibilidad de la RED de proveedores de EVIT en las siguientes 24 (veinticuatro) horas. El presente servicio se prestará en horario comercial. La asistencia exámenes: Ultrasonidos y Rayos X, el AFILIADO se coordina derivado de una consulta con el especialista en Medicina General, que pertenece a la red de proveedores de EVIT, el cual genera la referencia médica para solicitar los exámenes, el AFILIADO en caso de contar con una referencia médica que no pertenece a la red de EVIT deberá de enviarla por medio de un correo electrónico a la dirección que le suministra el centro de atención telefónica de asistencia de EVIT para su respectiva coordinación. Ultrasonido no aplica para embarazos y/o cirugías estéticas. Rayos X no aplica para imágenes dentales. La carencia para referencias médicas externas a la RED de EVIT, es de 30 (treinta) días posterior a haber adquirido el producto. No aplica para chequeos médicos.
ASISTENCIA POR HOSPITALIZACIÓN
DOTACION DE ARTÍCULOS DE ASEO PERSONAL HASTA EL LUGAR DE INTERNACIÓN: Por previa solicitud telefónica, cuando el AFILIADO sea hospitalizado por más de 24 (veinticuatro) horas, con motivo de un accidente o enfermedad (en general, una emergencia médica) EVIT gestionará y cubrirá, por una única vez, el pago del envío de artículos de aseo personal hasta el centro hospitalario donde haya sido hospitalizado el AFILIADO, siempre y cuando exista la infraestructura privada que lo permita. Los artículos de aseo personal que se enviarán son: Un cepillo de dientes, crema dental, jabón de tocador, una toalla de baño, cepillo o peine de cabello, champú y acondicionador para cabello. Se enviarán para una única persona. La elección de los productos, marca, tamaño y cualquier otra característica, es exclusiva de EVIT, imponiéndose al envío de artículos disponibles en el mercado nacional. Este servicio tiene un límite de costo por evento de $50 (cincuenta dólares) se limita a 2 (dos) eventos por año.
TRANSPORTE DE FAMILIARES Y/O AMIGOS QUE REALIZARON VISITA DURANTE PERÍODO DE INTERNACIÓN HOSPITALAER (HASTA 4 PERSONAS, HACIA UN MISMO DESTINO, DURANTE LOS PRIMEROS 3 DÍAS DE INTERNACIÓN, UN SOLO TRASLADO POR DÍA): EVIT a solicitud del AFILIADO, cubrirá los gastos de desplazamiento de familiares y/o amigos del AFILIADO, hasta 4 (cuatro) personas, desde un mismo destino, durante los primeros 3 (tres) días de internación, un solo traslado por día, en un medio de transporte comercial, terrestre seleccionado a criterio de EVIT cuando el AFILIADO se encuentre internado en un hospital público o privado. El presente servicio se prestará hasta el siguiente límite: 40 (cuarenta) kilómetros con límite de 1 (un) evento al año y 3 (tres) eventos por periodo de hospitalización. EVIT coordina únicamente el traslado de las personas, no siendo responsable del ingreso de estos al hospital, es responsabilidad de dichas personas obtener los permisos y cupos de visita hospitalaria.
SERVICIOS DE MOVILIDAD DE DOCUMENTOS Y PAQUETES PEQUEÑOS. TRÁMITES LABORALES O ADMINISTRATIVOS (EJ: ROPA, INCAPACIDADES, CARGADOR TELEFÓNICO, ARTICULOS PERSONALES, DOCUMENTOS LABORALES, ETC): EVIT a solicitud del AFILIADO, posterior a una hospitalización superior a 24 (veinticuatro) horas, con motivo de un accidente o enfermedad (en general, una emergencia médica) EVIT gestionará y cubrirá, el pago del envío por mensajería de aquellos artículos, documentos o pequeños paquetes que el AFILIADO necesite enviar o recibir. Incluye el traslado de artículos personales, documentos, cargadores telefónicos; hasta y desde el centro hospitalario donde haya sido hospitalizado el AFILIADO, siempre y cuando exista la infraestructura privada que lo permita y las condiciones de seguridad sean adecuadas a exclusivo criterio de EVIT. Este servicio se prestará hasta el siguiente límite: 20 (veinte) kilómetros con límite de 1 (un) evento al año y limitado a 3 (tres) envíos por el periodo de hospitalización.
COORDINACIÓN DE MOVILIDAD DEL AFILIADO PARA REGRESO AL HOGAR (MOVILIDAD O AMBULANCIA, SEGÚN LA NECESIDAD, BASADO EN CRITERIO MÉDICO): EVIT a solicitud del AFILIADO, cubrirá los gastos de desplazamiento del cliente, desde el centro médico donde se encontraba internado, hasta su domicilio permanente y habitual, en un medio de transporte comercial, terrestre seleccionado a criterio de EVIT. El presente servicio se prestará hasta el siguiente límite: 40 (cuarenta) kilómetros con límite de 3 (tres) eventos al año. EVIT coordina
únicamente el traslado del titular, por medio de taxi o ambulancia, según la necesidad y criterio médico, es responsabilidad del titular obtener los permisos de salida del centro médico y que los riesgos del traslado son absolutamente tomados por él.
ASISTENCIA NUTRICIONAL POST HOSPITALIZACIÓN: Por solicitud del AFILIADO y siempre que requiera alguna orientación nutricional telefónica para resolver inquietudes en materia alimentaria, EVIT lo pondrá en contacto con un profesional con el fin de brindarle consejos nutricionales, orientación para la preparación de dietas saludables y bien balanceadas, información sobre el contenido calórico de los alimentos o tabla de calorías, alimentos que deben incluir y excluir de las comidas para personas diabéticas, con sobrepeso o intolerantes a lactosa. Este servicio se prestará sin límite en el monto y sin límite de eventos por año.
CONTROL DE AGENDA Y AVISOS, PARA LA INGESTA PUNTUAL DE MEDICAMENTOS: Por solicitud del AFILIADO, EVIT enviará registrará y coordinará una agenda para el control de la ingesta de medicamentos del AFILIADO, realizando un recordatorio periódico sobre los mismos El presente servicio se prestará sin límite de costo y sin límite de eventos.
CUARTO: EXCLUSIONES GENERALES
Quedan excluidas de los alcances establecidos, las reclamaciones o solicitudes de servicios por los siguientes conceptos:
1. Los servicios que el AFILIADO haya contratado sin previo consentimiento de EVIT.
2. Los servicios adicionales que el AFLIADO haya contratado directamente con un prestador bajo su cuenta y riesgo y que no forman parte de la red de proveedores de EVIT.
3. Los traslados médicos por lesiones originadas, directa o indirectamente, de actos realizados por el AFILIADO con dolo o mala fe.
4. Las enfermedades, lesiones o traslados médicos derivados de tratamientos médicos, padecimientos crónicos o enfermedades preexistentes, que sean la causa de la solicitud médica o exámenes.
5. La asistencia y gastos por enfermedades o estados patológicos producidos por la ingestión voluntaria de drogas, sustancias tóxicas, narcóticos o medicamentos adquiridos sin prescripción médica, ni por enfermedades mentales, ni los causados por ingestión de bebidas alcohólicas.
6. Lo relativo y derivado de prótesis, anteojos o lentes de contacto.
7. Las asistencias y gastos derivados de prácticas deportivas submarinas o subacuáticas, escalamiento de montañas, actos acrobáticos y prácticas de boxeo profesional en competencia o entrenamiento.
8. Los causados por mala fe del tomador, AFILIADO.
9. Los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario tales como inundaciones, terremoto, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas, derrumbes, caídas de cuerpos siderales y aerolitos, entre otros.
10. Los que tuviesen origen o fueran una consecuencia directa o indirecta de guerra, guerra civil, conflictos armados, sublevación, rebelión, sedición, actos mal intencionados de terceros, motín, huelga, desorden popular y otros hechos que alteren la seguridad interior del estado o el orden público.
11. Hechos o actuaciones de las fuerzas Armadas o de hechos de las fuerzas o cuerpos de seguridad.
12. Los derivados de la energía nuclear radioactiva.
13. La prestación de los servicios se realizará dentro de la territorialidad indicada desde que exista infraestructura pública y privada para la prestación de los servicios, se exceptúan lugares donde no exista un acceso transitable por carretera, aquellos lugares en los que por fuerza mayor o caso fortuito no se pudiere prestar la asistencia y donde por razones de orden público se ponga en riesgo la integridad física del prestador del servicio.
14. Cualquier solicitud médica o traslado de ambulancia para por labor de parto, etapa final del Embarazo.
15. Los servicios se prestarán y tendrán cobertura en todo el territorio nacional continental.
16. La vista medica se brinda con especialidad en medicina general, por este motivo no aplica para niños menores de dos años.
17. Mala fe del AFILIADO, comprobada por el personal de la Empresa EVIT o si en la petición mediare mala fe.
18. Los casos de ambulancia por emergencia o accidente, no cubre traslados de hospital a casa ni de hospital a hospital.
19. Los siniestros a consecuencia de un desastre epidémico o infección.
20. Siniestros a consecuencia directa o indirecta de terrorismo.
QUINTO: OTRAS CONSIDERACIONES
OBLIGACIONES DEL AFILIADO: En caso de evento procedente según lo indicado en el presente anexo, el AFILIADO deberá solicitar siempre la asistencia por teléfono, a cualquiera de los números definidos para tal fin, debiendo indicar el nombre del AFILIADO destinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía o cédula de residencia o extranjería, la dirección donde solicita el servicio, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. No serán atendidas solicitudes de reembolsos por servicios que hayan sido contratados directamente por el AFILIADO sin previa autorización de EVIT.
SEXTO: RESPONSABILIDAD
EVIT A través del programa “ASISTENCIA PARA MOTOCICLISTAS” quedará relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del AFILIADO, no puedan efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este anexo. Así mismo los servicios que el AFILIADO haya contratado sin previo consentimiento de EVIT, salvo en caso de comprobada fuerza mayor que le impida comunicarse con la misma o con terceros encargados de prestar dichos servicios.
La prestación de cualquiera de los servicios, o el pago de cualquier suma de dinero derivada de las alcances descritos en el presente anexo, no implica aceptación de responsabilidad por parte de EVIT, respecto de los amparos básicos legales que del servicio deba garantizar su prestador original, tales como garantías, respaldos, incumplimientos, calidad del servicio, retrasos y otros que correspondan siendo que no se trata de un prestador de servicio seleccionado por EVIT.
EVIT no será responsable en ningún caso y en ninguna circunstancia de los resultados de los procedimientos, prácticas, recomendaciones, por cuanto la responsabilidad se encuentra garantizada por cada uno de los técnicos y profesionales contratados que atienden el caso como profesionales.
La mayor parte de los proveedores de los servicios asistenciales son contratistas independientes debidamente autorizados y no empleados de EVIT, sin embargo, EVIT será responsable de los actos u omisiones por parte de dichos proveedores cuando sea aplicable.
SETIMO: PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
EVIT podrá prestar los servicios en forma directa, con recursos técnicos y humanos propios, o en forma indirecta, por intermedio de contratistas, subcontratistas o proveedores, siempre que en el lugar en donde ha de prestarse el servicio de asistencia exista la infraestructura pública o privada, tales como vías y calles que permitan el acceso al DOMICILIO o las condiciones de seguridad y vigilancia pública o privada que garanticen la integridad personal del funcionario, colaborador, técnico o proveedor que vaya a prestar el servicio de asistencia.
OCTAVO: EXCEDENTES
Cualquier costo que supere los montos establecidos en las coberturas de este anexo, deberá ser pagado por parte del AFILIADO con sus propios recursos antes de la prestación del servicio en efectivo.
NOVENO: TERMINACION DEL SERVICIO DE ASISTENCIA
El AFILIADO podrá dar por terminado en cualquier momento el servicio de asistencia sin que haya lugar a indemnización alguna a favor de EVIT o del AFILIADO.
DÉCIMO: Políticas de Privacidad y Tratamiento de Datos Personales.
EVIT, sociedad dueña de la marca EVIT MOTOS ASISTENCIA PARA MOTOCICLISTAS en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley de Protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales de Costa Rica número 8968 y su reglamento, hace de conocimiento del afiliado y sus beneficiarios que los datos recopilados mediante la prestación del servicio objeto del presente contrato, serán de uso exclusivo de nuestra sociedad y tratados según las estipulaciones de la normativa vigente. Y el cliente mediante la aceptación en el Formulario de Recopilación de información, manifiesta su conocimiento y aprobación de la política de privacidad. De acuerdo a las características del Plan de ASISTENCIA PARA MOTOCICLISTAS, la negativa a brindar los datos solicitados conlleva la imposibilidad de prestar el servicio ofrecido.
UNDÉCIMO: Forma de gestionar el servicio
Para hacer uso del plan el afiliado titular debe proceder según los pasos descritos a continuación: 1) Deberá comunicarse directamente al Call Center al número de teléfono 2528-7551. 2) En el caso del afiliado deberá identificarse con su número de cédula de identidad o cédula de residencia y número de contrato.3) Indicar el servicio requerido y el lugar exacto donde se debe atender la solicitud. 4) Una vez verificados los datos y procedencia del servicio, se procederá a la atención del mismo.
DUODÉCIMO: Conciliación y Arbitraje.
En caso de controversia entre las partes dentro del marco de lo establecido en el presente contrato, en su ejecución, liquidación o interpretación, se someterá en primera instancia a conciliación en un plazo de diez días hábiles. En caso de no llegar a ningún acuerdo conciliatorio, se llevará a la vía arbitral para resolver, de conformidad con el Reglamento de Arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica. El tribunal deberá estar compuesto por tres árbitros y uno de ellos debe ser abogado y estar incorporado al Colegio de Abogados de Costa Rica. El Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica, será la institución encargada de administrar el proceso arbitral.
TRECEAVO: Jurisdicción. Según leyes costarricenses.
CATORCEAVO: Cesión del contrato. El presente plan no es objeto de cesión a terceras personas.
Aceptación de las reglas y condiciones para la operativa del plan de ASISTENCIA PARA MOTOCICLISTAS.
El afiliado titular, podrá hacer uso de los beneficios del plan de ASISTENCIA PARA MOTOCICLISTAS que hayan adquirido, según las condiciones detalladas en este documento, las cuales son aceptadas al momento de la compra del plan, cuando el cliente firme este contrato y sus anexos.
Paso a Paso
¿Cómo funciona?
¿Has preguntado alguna vez, que hacer en caso de una emergencia de cualquier índole? Si la respuesta es:
Es mejor tener seguro y no usarlo, a no tener uno y ocuparlo.
Ingrese los datos solicitados para que el proceso sea ejecutado.
Cada asistencia cuenta con un tiempo de carencia. Luego de la compra aparecerá un temporizador
con el tiempo faltante para la activación del servicio adquirido.
Al completar el tiempo de carencia, recibirá un correo de bienvenido con las condiciones de uso
indicándole que ya se puede disfrutar del servicio cuando se necesita.
¡Conversemos en WhatsApp!
¿Tienes alguna pregunta o comentario?
No dudes en contactarnos a través de WhatsApp para obtener una respuesta rápida y personalizada
SOBRE EVIT ASISTENCIAS
¿Qué es EVIT MOTOS?
Evit motos es un SOS en carretera diseñada especialmente para motociclistas, Es más que una asistencia en carretera ya que cubre también asistencia médica en casos de urgencias o emergencias, orientación legal y más. Esta solución nace con el fin de brindarle seguridad al usuario en caso de una emergencia poder contar con un centro de control que le pueda solucionar en el menor tiempo. Su costo es realmente muy económico para todos los beneficios que representa.
¿Qué beneficios tiene adquirir este producto o servicio?
El usuario de la asistencia de EVIT Motos puede gozar de los diferentes beneficios:
• Servicios médicos
• Médico a domicilio
• Traslado en ambulancias
• Orientación telefónica y video llamadas
• Fisioterapia
• Rehabilitación
• Masajes
• Rayos X
• Ultrasonidos
• Asistencia nutricional
• Servicios varios en caso de hospitalización
• Servicios en carretera
• Envío de combustible
• Asesoría en compras de repuestos
• Orientación telefónica
• Recomendación de talleres
• Remolque por avería
• Paso de corriente
• Cerrajero para apertura del maletero
• Asesoría legal
• Orientación legal: Tránsito, robo, responsabilidad civil, daños a terceros
¿Cuantas placas cubre mi asistencia EVIT MOTOS?
Cada plan cubre 1 placa.
¿Cuantas emergencias al año cubre la asistencia EVIT MOTOS?
Cada servicio dentro de la asistencia EVIT motos tiene diferentes cantidades van desde 3 veces al año hasta ilimitados. Ver mas detalles en beneficios del servicio.
¿Cómo funciona el servicio de emergencia?
Una vez adquirido el plan y pasado el tiempo de carencia (8 días) , el usuario puede solicitar el servicio llamando a la central o bien entrando al App y marcando la opción de solicitar el servicio. Nuestros operadores se encargarían de facilitarle el servicio que necesita dentro del marco de los beneficios que ofrece el plan en todo el territorio nacional.
¿Se puede solicitar el servicio de emergencia a domicilio?
Si, el usuario puede pedir el servicio en cualquier parte del país.
¿Cuánto dinero cuesta la adquisición de este producto?
Cabe mencionar que el servicio de Evit Motos es para todo el público por su bajo costo y la facilidad de adquirirlo. El usuario puede ingresar a la Web o App registrarse y adquirir el servicio de forma ágil y rápida. El costo del plan 1 placa es de ¢5.100 / IVAI mensual.
¿Se puede atender más de un evento a la vez?
Si, sin ningún problema. El usuario lo puede solicitar al operador cuando realice la llamada.
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