₡5500 / mes
Nuestros adultos mayores experimentan más a menudo una serie de sentimientos y emociones como la angustia, la tristeza, el miedo, el estrés, la impotencia, la desesperanza y el aislamiento, los cuales dan cuenta de una nueva perspectiva que lleva a entender aún más cómo la experiencia del dolor crónico impacta en todas las dimensiones y sobre todo cuando sus seres queridos se distancian.
Vida dorada es un servicio único de tele-asistencias para nuestros adultos mayores, es la voz amiga presente 24/7 para facilitar la vida de nuestros ciudadanos de oro. Nuestros operadores están capacitados para atender cualquier emergencia de cualquier índole y darles un trato muy humano y profesional cuando es necesario. Contamos con un call center con lo último de la tecnología para atender de forma rápida y eficiente. Amplios servicios desde el recordatorio de la toma de medicinas hasta un botón de pánico para la atención inmediata. Unidad especializada de calidad y formación para generar un servicio de conserje presente siempre.
El presente CONTRATO DE AFILIACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA PARA EL ADULTO MAYOR se celebra entre: Winday Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-713907, en adelante EVIT, domiciliada en provincia de Heredia, cantón Barva, distrito San Lucía, Residencial Jardines de Beneficio, casa 39-C; y el afiliado
PRIMERO: Objeto del contrato.
Brindar a los afiliados servicios de asistencia para el adulto mayor según la descripción de servicios, coberturas y exclusiones que se detallan más adelante, dicho servicio se realizará mediante solicitud telefónica al centro de atención telefónica dispuesto para atención de las emergencias u otros servicios en la forma como se indica en el presente contrato.
SEGUNDO: Definiciones.
Siempre que se utilicen letras mayúsculas en las presentes condiciones generales, los términos definidos a continuación tendrán el significado que aquí se les atribuye:
A) ACCIDENTE: Todo acontecimiento que provoque daños materiales y/o corporales a un AFILIADO, causado única y directamente por una causa externa, violenta, imprevista, fortuita y evidente (excluyendo cualquier enfermedad), durante la vigencia del contrato de asistencia al cual accede este anexo.
B) AFILIADO: Persona natural afiliada a EVIT que haya contratado el programa de “ASISTENCIA PARA EL ADULTO MAYOR”.
C) DOMICILIO: Es el lugar de uso habitacional permanente y habitual del AFILIADO dentro del territorio nacional continental.
D) EMERGENCIA: Es todo hecho que se presente a consecuencia de acontecimientos debido a situaciones fortuitas, que no sean situaciones preexistentes, que no se deriven por falta de cuidado. Para ser considerada emergencia se deberá de reportar en el momento del incidente. La emergencia médica para efectos de prestación de servicios de asistencia médica se definirá como aquella situación médica en la cual peligre la vida o integridad física del afiliado.
E) EQUIPO MÉDICO: Es el personal médico y demás equipo asistencial subcontratado por puesto en contacto con el AFILIADO, apropiado para prestar servicios de asistencia.
F) FECHA DE INICIO: Fecha a partir de la cual los servicios de “ASISTENCIA PARA EL ADULTO MAYOR” estén a disposición de los Afiliados, 72 (SETENTA Y DOS) horas hábiles después de la afiliación al programa “ASISTENCIA ADULTO MAYOR».
G) PROGRAMA DE ASISTENCIA: Es el conjunto de servicios de asistencia que el AFILIADO tiene a disposición de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones establecidas en el presente anexo.
H) PROGRAMA DE ASISTENCIA: Es el conjunto de servicios de asistencia que el AFILIADO tienen a disposición de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones establecidas en el presente contrato.
I) SERVICIOS: Es la asistencia que se le brinda al AFILIADO de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones establecidas en el presente contrato.
J) ALCANCE TERRITORIAL NACIONAL PARA TODOS LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA: Los servicios que a continuación se mencionan se prestarán única y exclusivamente en el en el territorio nacional continental y en el domicilio habitual permanente del AFILIADO siempre y cuando exista la infraestructura pública o privada para la prestación del servicio.
K) HORARIO HÁBIL: Días hábiles, no feriados, de lunes a viernes de 8:30 am a 5:00 pm.
L) HORARIO DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS: Durante las 24 (VEINTICUATRO) horas.
TERCERO: DESCRIPCIÓN DE SERVICIOS, COBERTURAS Y EXCLUCIONES
MEDICINA GENERAL.
VISITA MÉDICA AL DOMICILIO Y/O CONSULTORIO EN CASO DE NECESIDAD: La visita médica domiciliar se deberá coordinar 2 (dos) horas antes de su atención. Por solicitud del AFILIADO, derivado de una enfermedad médica repentina y que no haya sido causada por una preexistencia, se enviará un médico general hasta el domicilio del AFILIADO para su revisión. Este servicio cubre el costo de la visita médica, primera dosis de medicamento con el fin de disminuir y/o estabilizar el dolor del afiliado y el transporte. El presente servicio se prestará con las siguientes condiciones: Sin límite en el costo y sin límite de eventos al año. El costo de los medicamentos posterior a la visita será cubierto directamente por el AFILIADO.
EXCLUSIONES ESPECÍFICAS DEL SERVICIO MÉDICO A DOMICILIO: Están excluidas nuevas visitas “de seguimiento” por un mismo evento. Si por un mismo evento es necesaria una segunda visita o más, el costo será de responsabilidad del AFILIADO. Donde no exista infraestructura adecuada se coordinará dicha asistencia médica por medio de los servicios públicos de ambulancia. Siendo una atención de emergencia, no se enviará en ningún caso, médicos especialistas. El costo de los exámenes que deba realizarse el AFILIADO, así como los medicamentos y demás gastos que se deriven de la visita médica, serán cubiertos directamente por el AFILIADO.
COORDINACIÓN DE CITAS EN CENTROS MÉDICOS: ESPECIALISTAS, CLÍNICAS Y LABORATORIOS: Por solicitud del AFILIADO, EVIT proporcionará información general vía telefónica sobre MÉDICOS, ESPECIALISTAS, CLÍNICAS, LABORATORIOS Y HOSPITALES en el lugar de interés del solicitante. Si el AFILIADO lo solicita, EVIT coordinará una cita para su atención en aquellos centros médicos que realicen este tipo de reservación y siempre sujeto a disponibilidad de espacio. EVIT presta este servicio como información o mera referencia y no tendrá, ni asumirá ninguna responsabilidad o costo sobre los servicios médicos o la atención del centro médico. El presente servicio se prestará sin límite en eventos y sin límite en el costo.
LOCALIZACIÓN DE MEJORES PRECIOS DE MEDICAMENTOS. Por previa solicitud del AFILIADO, EVIT realizará la búsqueda del mejor precio de un medicamento en las farmacias cercanas a la localización del AFILIADO y le transmitirá esta información. Este servicio es meramente informativo, se trata de una indicación y no hace referencia a la calidad del producto o de los puntos de venta, no está incluido ningún tipo de gastos referente a compras de medicamentos, tratamientos ni trasporte en que el AFILIADO incurra al acudir a la farmacia indicada, mismos que serán de entera responsabilidad del AFILIADO. El presente servicio se prestará sin límite en eventos y sin límite en el costo.
COORDINACIÓN DE SEGUNDA OPINIÓN MÉDICA: Por solicitud del AFILIADO y existiendo un diagnóstico de enfermedades graves complejas con riesgo de vida y para los efectos de realizar el servicio el AFILIADO deberá enviar al equipo médico de EVIT que se le indique, su historia clínica completa con toda la información, estudios y análisis realizados para diagnosticarlo. EVIT a través de su red médica profesional contactara una segunda opinión médica con el propósito de proporcionar información y consejo en los posibles tratamientos aplicables a la patología del AFILIADO, el proveedor emitirá un informe el cual será entregado al AFILIADO por el mismo medio, el médico de la red especialista en la patología del AFILIADO brindara la lectura e interpretación del informe recibido. El presente servicio se prestará con un límite en el monto de $100 (cien dólares) y con un límite de 3 (tres) eventos por año.
ASISTENCIA PSICOLOGICA.
ORIENTACIÓN PSICOLÓGICA TELEFÓNICA: Por solicitud del AFILIADO, EVIT lo pondrá en contacto telefónico con un profesional en psicología para que le brinde una orientación psicológica ante dudas que tenga en el área de la salud. La orientación busca minimizar riesgos a la salud siguiendo el protocolo de consulta médica psicológica identificando las necesidades del AFILIADO entregando soluciones a dudas psicológicas cotidianas, de forma que no se diagnostican enfermedades o procedimientos ni se prescriben medicamentos. El presente servicio se prestará sin límite en el monto ni límite de eventos por año y por hasta por 60 (sesenta) minutos cada consulta y será proporcionado en horario hábil.
Temas a tratar: Depresión, ansiedad, relaciones familiares, insomnio, luto, entre otros.
ASISTENTE 24/7.
TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTES: EVIT se encargará de la transmisión de mensajes urgentes, que le solicite el AFILIADO y/o BENEFICIARIO (como consecuencia de una situación de emergencia motivo de las prestaciones de este anexo). El presente servicio se prestará sin límite en el monto y sin límite de eventos por año.
CONTROL DE AGENDA Y AVISOS, PARA LA INGESTA PUNTUAL DE MEDICAMENTOS: Por solicitud del AFILIADO, EVIT enviará registrará y coordinará una agenda para el control de la ingesta de medicamentos del AFILIADO, realizando un recordatorio periódico sobre los mismos. El presente servicio se prestará sin límite en el monto y sin límite de eventos por año.
DOTACION DE ARTÍCULOS DE ASEO PERSONAL HASTA EL LUGAR DE INTERNACIÓN HOSPITALARIA
Por previa solicitud telefónica, cuando el AFILIADO sea hospitalizado por más de 24 (veinticuatro) horas, con motivo de un accidente o enfermedad (en general, una emergencia médica) EVIT gestionará y cubrirá, por una única vez, el pago del envío de artículos de aseo personal hasta el centro hospitalario donde haya sido hospitalizado el AFILIADO, siempre y cuando exista la infraestructura privada que lo permita. Los artículos de aseo personal que se enviarán son: Un cepillo de dientes, crema dental, jabón de tocador, una toalla de baño, cepillo o peine de cabello, champú y acondicionador para cabello. Se enviarán para una única persona. La elección de los productos, marca, tamaño y cualquier otra característica, es exclusiva de EVIT, imponiéndose al envío de artículos disponibles en el mercado nacional. Este servicio tiene un límite en el costo de ₡30.000 (Treinta mil colones) y un límite de 3 eventos al año, limitado a 1 asistencia por periodo de hospitalización.
SERVICIOS DE MESAJERÍA PARA TRASLADOS DE DOCUMENTOS Y PAQUETES PEQUEÑOS. TRÁMITES LABORALES O ADMINISTRATIVOS (EJ: ROPA, INCAPACIDADES, CARGADOR TELEFÓNICO, ARTICULOS PERSONALES, DOCUMENTOS LABORALES, ETC): EVIT a solicitud del AFILIADO, posterior a una hospitalización superior a 24 (veinticuatro) horas, con motivo de un accidente o enfermedad (en general, una emergencia médica) EVIT gestionará y cubrirá, el pago del envío por mensajería de aquellos artículos, documentos o pequeños paquetes que el AFILIADO necesite enviar o recibir. Incluye el traslado de artículos personales, documentos, cargadores telefónicos; hasta y desde el centro hospitalario donde haya sido hospitalizado el AFILIADO, siempre y cuando exista la infraestructura privada que lo permita y las condiciones de seguridad sean adecuadas a exclusivo criterio de EVIT. Este servicio tiene un límite de 20 km (veinte kilómetros) y un límite de 3 eventos al año.
CUARTO: EXCLUSIONES GENERALES
Quedan excluidas de las coberturas establecidas, las reclamaciones o solicitudes de servicios por los siguientes conceptos:
QUINTO: OTRAS CONSIDERACIONES
OBLIGACIONES DEL AFILIADO: En caso de evento procedente según lo indicado en el presente anexo, el AFILIADO deberán solicitar siempre la asistencia por teléfono, a cualquiera de los números definidos para tal fin, debiendo indicar el nombre del AFILIADO destinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía o cédula de residencia o extranjería, la dirección donde solicita el servicio, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. No serán atendidas solicitudes de reembolsos por servicios que hayan sido contratados directamente por el AFILIADO sin previa autorización de EVIT.
SEXTO: RESPONSABILIDAD
EVIT A través del programa “ASISTENCIA PARA EL ADULTO MAYOR” quedará relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del AFILIADO, no puedan efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este anexo. Así mismo los servicios que el AFILIADO haya contratado sin previo consentimiento de EVIT, salvo en caso de comprobada fuerza mayor que le impida comunicarse con la misma o con terceros encargados de prestar dichos servicios.
La prestación de cualquiera de los servicios, o el pago de cualquier suma de dinero derivada de las coberturas descritas en el presente anexo, no implica aceptación de responsabilidad por parte de EVIT, respecto de los amparos básicos legales que del servicio deba garantizar su prestador original, tales como garantías, respaldos, incumplimientos, calidad del servicio, retrasos y otros que correspondan siendo que no se trata de un prestador de servicio por seleccionado por EVIT
EVIT no será responsable en ningún caso y en ninguna circunstancia de los resultados de los procedimientos, prácticas, recomendaciones, por cuanto la responsabilidad se encuentra garantizada por cada uno de los técnicos y profesionales contratados que atienden el caso como profesionales.
La mayor parte de los proveedores de los servicios asistenciales son contratistas independientes debidamente autorizados y no empleados de EVIT, sin embargo, EVIT será responsable de los actos u omisiones por parte de dichos proveedores cuando sea aplicable.
SETIMO: PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
EVIT podrá prestar los servicios en forma directa, con recursos técnicos y humanos propios, o en forma indirecta, por intermedio de contratistas, subcontratistas o proveedores, siempre que en el lugar en donde ha de prestarse el servicio de asistencia exista la infraestructura pública o privada, tales como vías y calles que permitan el acceso al DOMICILIO o las condiciones de seguridad y vigilancia pública o privada que garanticen la integridad personal del funcionario, colaborador, técnico o proveedor que vaya a prestar el servicio de asistencia.
OCTAVO. EXCEDENTES
Cualquier costo que supere los montos establecidos en las coberturas de este anexo, deberá ser pagado por parte del AFILIADO con sus propios recursos antes de la prestación del servicio en efectivo.
NOVENO. TERMINACION DEL SERVICIO DE ASISTENCIA
El AFILIADO podrá dar por terminado en cualquier momento el servicio de asistencia sin que haya lugar a indemnización alguna a favor de EVIT , o del AFILIADO.
DÉCIMO: Políticas de Privacidad y Tratamiento de Datos Personales.
EVIT, sociedad dueña de la marca VIDA DORADA en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley de Protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales de Costa Rica número 8968 y su reglamento, hace de conocimiento del afiliado y sus beneficiarios que los datos recopilados mediante la prestación del servicio objeto del presente contrato, serán de uso exclusivo de nuestra sociedad y tratados según las estipulaciones de la normativa vigente. Y el cliente mediante la aceptación en el Formulario de Recopilación de información, manifiesta su conocimiento y aprobación de la política de privacidad. De acuerdo a las características del Plan de Asistencia ADULTO MAYOR, la negativa a brindar los datos solicitados conlleva la imposibilidad de prestar el servicio ofrecido.
UNDÉCIMO: Forma de gestionar el servicio
Para hacer uso del plan el afiliado titular debe proceder según los pasos descritos a continuación: 1) Deberá comunicarse directamente al Call Center al número de teléfono 2528-7551. 2) En el caso del afiliado deberá identificarse con su número de cédula de identidad o cédula de residencia y número de contrato.3) Indicar el servicio requerido y el lugar exacto donde se debe atender la solicitud. 4) Una vez verificados los datos y procedencia del servicio, se procederá a la atención del mismo.
DUODÉCIMO: Conciliación y Arbitraje.
En caso de controversia entre las partes dentro del marco de lo establecido en el presente contrato, en su ejecución, liquidación o interpretación, se someterá en primera instancia a conciliación en un plazo de diez días hábiles. En caso de no llegar a ningún acuerdo conciliatorio, se llevará a la vía arbitral para resolver, de conformidad con el Reglamento de Arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica. El tribunal deberá estar compuesto por tres árbitros y uno de ellos debe ser abogado y estar incorporado al Colegio de Abogados de Costa Rica. El Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica, será la institución encargada de administrar el proceso arbitral.
TRECEAVO: Jurisdicción. Según leyes costarricenses.
CATORCEAVO: Cesión del contrato. El presente plan no es objeto de cesión a terceras personas.
Aceptación de las reglas y condiciones para la operativa del plan de asistencia ADULTO MAYOR.
El afiliado titular, podrá hacer uso de los beneficios del plan de asistencia para el ADULTO MAYOR que hayan adquirido, según las condiciones detalladas en este documento, las cuales son aceptadas al momento de la compra del plan, cuando el cliente firme este contrato y sus anexos.
Paso a Paso
¿Cómo funciona?
¿Has preguntado alguna vez, que hacer en caso de una emergencia de cualquier índole? Si la respuesta es:
Es mejor tener seguro y no usarlo, a no tener uno y ocuparlo.
Ingrese los datos solicitados para que el proceso sea ejecutado.
Cada asistencia cuenta con un tiempo de carencia. Luego de la compra aparecerá un temporizador
con el tiempo faltante para la activación del servicio adquirido.
Al completar el tiempo de carencia, recibirá un correo de bienvenido con las condiciones de uso
indicándole que ya se puede disfrutar del servicio cuando se necesita.
¡Conversemos en WhatsApp!
¿Tienes alguna pregunta o comentario?
No dudes en contactarnos a través de WhatsApp para obtener una respuesta rápida y personalizada
SOBRE EVIT ASISTENCIAS
¿Qué es Vida Dorada?
Vida Dorada es la única tele asistencia en Costa Rica para el adulto mayor, es la voz amiga que esta 24/7 para facilitar la vida de nuestros ciudadanos de oro. Nuestros operadores están capacitados para atender cualquier emergencia y darles un trato muy humano y profesional cuando es necesario. Contamos con un call center con lo último de la tecnología para atender de forma rápida y eficiente, también contamos con tecnología de última generación para recordatorios de toma de medicinas y citas médicas. Nuestro centro de llamados cuenta con un sistema de última generación para operaciones de Inbound, Outbound, Chat, Email, SMS, Redes Sociales, Grabación de voz y de pantallas. Nuestro Centro de Contactos posee redundancia en todos los componentes a nivel del sitio principal y redundancia geográfica a nivel tecnológico, lo que nos permite garantizar una disponibilidad de la infraestructura del 99.99%.
Servicio 24/7 con presencia de especialistas a cargo. También una unidad especializada de calidad y formación.
¿Qué beneficios tiene adquirir este producto o servicio?
El usuario de la tele asistencias Vida Dorada puede gozar de los diferentes beneficios:
Coordinación con centros médicos.
Envío de ambulancias en caso de emergencias y doctor a casa en caso de urgencias.
Coordinación con bomberos, policías, vecinos y familiares en casos que lo ameritan.
Botón de pánico.
Voz amiga en casos de depresión.
Seguimiento posterior a algún evento.
Recordatorio de citas y toma de medicinas.
Apoyo en programación y cambio de citas médicas.
¿Cómo funciona?
Una vez adquirido el plan y pasado el tiempo de carencia (8 días) , el usuario puede solicitar el servicio llamando a la central o bien entrando al App y marcando la opción de solicitar el servicio. Nuestros operadores se encargarían de facilitarle el servicio que necesita dentro del marco de los beneficios que ofrece el plan en todo el territorio nacional.
¿Porqué el adulto mayor necesita Vida Dorada?
El creciente aumento de la población de adultos mayores en nuestra Sociedad provoca que debamos estar preparados con todas las herramientas necesarias para poder estar presentes en todas las necesidades más comunes y frecuentes de este segmento de la población. Nuestro interés radica en ofrecer la mejor atención al ciudadano de oro. Contamos con un Centro de atención telefónica ( Inbound y Outbound ) que sirva de enlace para atender de manera personalizada al Adulto Mayor, con el fin de ofrecer calidez en el servicio. El personal es altamente calificado y entrenado y estarán a la disposición para recibir llamadas y dar apoyo emocional y solidario a esta población tan importante y muchas veces vulnerable de nuestra sociedad.
¿Cuánto dinero cuesta la adquisición de este producto?
Cabe mencionar que para poder adquirir el servicio de Vida Dorada es exclusivamente para los adultos mayores. Esta diseñado especialmente para afiliar a la mayoría de los ciudadanos de oro por su bajo costo y la facilidad de adquirirlo. El usuario puede ingresar a la Web o App registrarse y adquirir el servicio de forma ágil y rápida. El costo del plan Premium (1) persona es de ¢5.500 / IVAI mensual.
¿Cuántas veces puedo usar los servicios?
El servicio de Vida Dorada es sin límites de uso, el adulto mayor puede hacer uso del servicio en el momento que lo necesite, 24/7 y en cualquier lugar.
© 2024 Evit Soluciones. Todos los derechos reservados
Protegido por Google reCaptcha – Ver términos